Alto riesgo fiscal

Sanciones VeriFactu 2027: cuanto cuesta no cumplir

Análisis detallado de las sanciones por incumplir el Real Decreto 1007/2023. Tablas por tipo de negocio, infracciones tipificadas y como evitarlas.

Escrito por Kamil SlodkiFundador y responsable de compliance en SelloQR
Ultima actualización:

Resumen rápido

  • Hasta 50.000 EUR por ejercicio por usar software no conforme al RD 1007/2023.
  • 150 EUR por factura incorrecta (Art. 201 LGT).
  • Hasta 150.000 EUR al fabricante o distribuidor del software no homologado.
  • Entrada en vigor: 1 enero 2027 (sociedades), 1 julio 2027 (autonomos).
  • Reducción de 30% si se regulariza antes de inspección.

Marco legal de las sanciones

Las sanciones VeriFactu se apoyan en tres normas principales:

  • Real Decreto 1007/2023: define el Reglamento SIF y establece la obligación de usar sistemas informaticos de facturación conformes. Define los requisitos técnicos minimos (hash encadenado SHA-256, registro inmutable, QR fiscal, envio telemático si modo VERI*FACTU).
  • Orden HAC/1177/2024: especifica los detalles técnicos del sistema y el formato XML de envio a la AEAT (namespaces tike/cont, firma digital, campos obligatorios).
  • Ley General Tributaria (Art. 201 y Disp. Adicional 18a): establece las sanciones aplicables. 150 EUR por factura con errores u omisiones en los registros obligatorios; hasta 50.000 EUR por ejercicio al usuario de software no conforme; hasta 150.000 EUR al proveedor que comercialice software no homologado.

Sanciones por tipo de negocio

Rangos estimados según la tipologia del contribuyente y el volumen de facturación afectado. Basado en la graduacion habitual de sanciones tributarias (leve, grave, muy grave) aplicada por la AEAT.

Autonomo individual

Volumen: 50 facturas/mes

900 - 7.500 EUR

Por uso de software no conforme: multa base + 150 euros por factura afectada hasta max 50% del volumen anual facturado.

Pyme (2-10 empleados)

Volumen: 200 facturas/mes

3.000 - 25.000 EUR

Agravante: número de facturas. Reducción por conformidad: -30% si se regulariza antes de inspección.

Empresa mediana (SL)

Volumen: 500+ facturas/mes

10.000 - 50.000 EUR

Multa máxima por ejercicio. Posible sanción adicional al proveedor software no conforme si se identifica.

Estimaciones orientativas. La sanción final depende del graduado concreto por la AEAT según circunstancias: duración del incumplimiento, cooperacion, reincidencia, perjuicio económico a la Hacienda Publica.

Infracciones concretas que sanciona VeriFactu

No generar el código QR fiscal obligatorio

Grave

150 EUR por factura + hasta 50.000 EUR ejercicio

Romper la cadena de hash SHA-256 entre facturas

Muy grave

Hasta 50.000 EUR por ejercicio (integridad fiscal)

Permitir edición o borrado de facturas emitidas

Muy grave

Hasta 50.000 EUR (violacion de inmutabilidad)

No enviar registros a AEAT (modo VERI*FACTU)

Grave

150 EUR por envio no realizado

Usar software no homologado como fabricante

Muy grave

Hasta 150.000 EUR al proveedor

Como evitar sanciones (checklist rápido)

  1. 1Comprueba que tu software de facturación genera hash SHA-256 encadenado entre facturas.
  2. 2Verifica que cada factura emite un código QR fiscal conforme al formato AEAT.
  3. 3Asegurate de que no puedes editar ni borrar facturas una vez emitidas (inmutabilidad).
  4. 4Decide tu modo: VERI*FACTU (envio automático a AEAT) o NO VERI*FACTU (conservación local + envio bajo requerimiento).
  5. 5Si eres autonomo o SL, tienes hasta el 1 julio 2027 (sociedades: 1 enero 2027).
  6. 6Adapta tu software antes de esa fecha. Cambiar después y migrar histórico es mas caro.

Preguntas frecuentes sobre sanciones VeriFactu

Cuanto puede costar no cumplir con VeriFactu?+

Las sanciones por incumplimiento de VeriFactu pueden llegar hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal si se utiliza un software no conforme al Real Decreto 1007/2023. A ello se suman las sanciones ordinarias por infracciones tributarias (Art. 201 de la Ley General Tributaria), que pueden alcanzar 150 euros por factura incorrecta. La cuantia final depende del tipo de infraccion (leve, grave o muy grave) y del volumen de facturas afectadas.

Cuando empiezan a aplicarse las sanciones?+

La obligación de usar un software conforme a VeriFactu entra en vigor el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados (autonomos y profesionales). Las sanciones son aplicables desde esa fecha en adelante. La AEAT ha anunciado inspecciones prioritarias en los primeros 12 meses tras la entrada en vigor.

Sanciona AEAT al autonomo o al fabricante del software?+

Se sancionan ambos lados. El fabricante o distribuidor del software que no sea conforme puede recibir multas de hasta 150.000 euros por ejercicio según la disposicion adicional decimoctava de la Ley General Tributaria. El autonomo o empresa usuaria también puede ser sancionada por utilizar un sistema no conforme, aunque el importe suele ser menor y depende de si actuaba de buena fe.

Que infracciones concretas tipifica VeriFactu?+

El Reglamento SIF (Sistema Informatico de Facturación) tipifica como infracciones: no generar el código QR fiscal obligatorio, no mantener la cadena de hash SHA-256 que garantiza integridad, permitir la edición o borrado de facturas emitidas, no enviar los registros a la AEAT en modo VERI*FACTU (si se eligio ese modo), y usar software no homologado. Cada una tiene graduacion propia.

Me libera de sanciones cambiar a un software conforme antes de 2027?+

Si. Adaptarse antes de las fechas limite te exime de sanciones por periodos anteriores siempre que tu facturación previa cumpliera con la normativa aplicable antes de VeriFactu. La AEAT ha indicado que valorara positivamente la adaptacion temprana. No adaptarse a tiempo y seguir emitiendo con software no conforme es lo que genera el riesgo fiscal.

Puedo reclamar si me sancionan?+

Si. Como toda sanción tributaria, admite recurso de reposicion ante la AEAT (plazo de 1 mes) y reclamacion economico-administrativa ante el TEAR o TEAC. Si existe discrepancia técnica sobre si el software era conforme, conviene aportar informe técnico pericial. El plazo de prescripcion general para sanciones tributarias es de 4 años.

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Plazo: 1 enero 2027 (sociedades) / 1 julio 2027 (autonomos)