La otra obligacion fiscal paralela a VeriFactu. Todo lo que tienes que saber sobre la Factura Electronica B2B en Espana: plazos escalonados, normativa, Solucion Publica (SPFE) y como afecta a tu negocio.
Basado en la sesion oficial de Camilo Dolz Arroyo (Jefe Regional de Informatica Tributaria en AEAT), 23 abril 2026.
Son dos obligaciones distintas y coexisten. La AEAT lo aclara expresamente en sus comunicaciones oficiales.
Como tu sistema debe producir, firmar y conservar las facturas. Hash encadenado, QR, integridad, opcional envio a AEAT.
Como las empresas se intercambian las facturas entre si: en formato electronico estructurado, no papel ni PDF.
Si trabajas B2B: tendras que cumplir las dos obligaciones cuando llegue su plazo respectivo. SelloQR cubre VeriFactu de serie y esta evaluando soporte para Factura-e B2B cuando se concrete la Orden Ministerial.
La AEAT desarrollara y gestionara una plataforma publica gratuita que actuara como repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electronicas B2B emitidas en Espana.
Toda factura B2B emitida en Espana dejara una copia en la SPFE, ya sea via plataforma privada o via la propia SPFE.
Las empresas pueden emitir y recibir via plataformas privadas o directamente a traves del formulario gratuito de la SPFE (util para pequenas empresas con poco volumen).
UBL 2.1 + EN 16931 (norma europea de facturacion electronica). Compatible con el ecosistema UE.
La hoja de ruta cuenta los plazos a partir de la publicacion de la Orden Ministerial (pendiente a abril 2026). Una vez publicada, empieza a correr el cronograma:
Empresas con facturacion superior a 8 millones de euros deben emitir y recibir facturas en formato electronico estructurado (no PDF) y dejar copia en la SPFE.
Resto de empresarios y profesionales (con facturacion menor a 8 MM EUR) deben emitir y recibir facturas electronicas + comunicar estados y pagos a la SPFE.
Obligacion de informar estados de la factura y pagos para empresarios y profesionales personas fisicas con facturacion inferior a 8 millones de euros.
Plazos pendientes de aprobacion definitiva en la Orden Ministerial. Fuente: hoja de ruta presentada por la AEAT en sesion oficial Sabadell Hub Empresa, 23 abril 2026.
El RD 238/2026 establece plazos cortos para que el receptor de la factura comunique a la SPFE el estado comercial y el pago. Todos los plazos son de 4 dias naturales (excluidos sabados, domingos y festivos nacionales).
| Estado a comunicar | Caracter | Plazo |
|---|---|---|
| Aceptacion o rechazo comercial | Obligatorio | 4 dias naturales |
| Pago efectivo completo | Obligatorio | 4 dias naturales |
| Aceptacion / rechazo parcial | Voluntario | 4 dias naturales |
| Pago parcial | Voluntario | 4 dias naturales |
| Cesion de la factura | Voluntario | 4 dias naturales |
Plazos pendientes de la Orden Ministerial definitiva.
Ley de creacion y crecimiento de empresas. Articulo 12 establece la obligacion de Factura Electronica B2B.
Modifica la Ley 56/2007 de medidas de impulso de la sociedad de la informacion. Adapta el marco legal a la evolucion de la Factura Electronica.
Real Decreto que desarrolla los aspectos tecnicos de la Factura Electronica B2B y la SPFE. Pendiente de publicacion definitiva.
Pendiente. Concretara los plazos exactos de entrada en vigor y los formatos tecnicos definitivos.
Son dos obligaciones distintas que coexisten. VeriFactu (RD 1007/2023) regula como tu sistema de facturacion debe generar y conservar registros (hash, QR, integridad) y aplica a casi todos los autonomos y pymes desde 2027. La Factura Electronica B2B obligatoria (Ley 18/2022 'Crea y Crece' + RD 238/2026) regula como las empresas se intercambian las facturas entre si en formato electronico estructurado (no papel ni PDF), con plazos escalonados desde 2027. Una habla del 'como produces la factura', la otra del 'como la transmites a otra empresa'.
Todas las empresas y profesionales en operaciones B2B (entre empresas) en territorio espanol. Plazos escalonados segun facturacion: las empresas con facturacion superior a 8 millones de euros tendran 1 ano desde la publicacion de la Orden Ministerial; el resto de empresarios y profesionales tendran 2 anos. Los autonomos personas fisicas con facturacion inferior a 8 MM tendran adicionalmente 36 meses para los aspectos de informacion de pagos. Las operaciones B2C (a consumidor final) quedan fuera del ambito.
Es la plataforma publica gratuita que la AEAT desarrollara para servir como repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electronicas B2B. Funcionara como punto de paso comun: las empresas pueden usar plataformas privadas para emitir y recibir facturas, pero siempre se dejara una copia en la SPFE de la AEAT. Adicionalmente, la SPFE ofrecera un formulario gratuito para que pequenas empresas con poco volumen puedan emitir directamente sin contratar plataforma privada.
El formato canonico para la SPFE sera UBL 2.1 + EN 16931, compatible con la norma europea de facturacion electronica. Entre plataformas privadas y entre empresarios y profesionales se permitiran tambien otros formatos validos (Factura-e tradicional para B2G, formatos propietarios entre plataformas con interoperabilidad). El formato definitivo se concretara en la Orden Ministerial pendiente.
El RD 238/2026 establece 4 dias naturales (excluidos sabados, domingos y festivos nacionales) para comunicar la aceptacion o rechazo comercial de la factura, y otros 4 dias para comunicar el pago efectivo completo. Adicionalmente, son voluntarios la comunicacion del rechazo o aceptacion parcial, el pago parcial y la cesion de la factura a un tercero para cobro o pago.
El RD 238/2026 esta pendiente de aprobacion definitiva (a abril 2026). La hoja de ruta tentativa es: 2026 publicacion de la Orden Ministerial + 10 meses de adaptacion de la SPFE; 2027 (1 ano tras la OM) entrada en vigor para empresas con facturacion mayor a 8 millones de euros; 2028 (2 anos tras la OM) entrada en vigor para el resto de empresarios y profesionales; 2029 (36 meses tras la OM) obligacion de informar estados y pagos para autonomos PPFF inferior a 8 MM.
Si trabajas B2B (con otras empresas), si: tendras que cumplir VeriFactu (como produces tus facturas) y la Factura Electronica obligatoria (como las transmites). Si solo trabajas B2C (con consumidores finales), solo te aplica VeriFactu. La excepcion es si estas en SII: ese regimen ya te exime de VeriFactu (Art. 3 RD 1007/2023) pero NO te exime de la obligacion de Factura Electronica B2B cuando llegue su fecha.
Si. La SPFE estara disponible desde antes de la fecha limite y sera valida cualquier emision adelantada. La AEAT recomienda usar el periodo de adaptacion para hacer pruebas antes de la entrada en vigor obligatoria. SelloQR esta evaluando soporte para Factura-e UBL 2.1 + EN 16931 cuando se publique la Orden Ministerial definitiva.
VeriFactu te aplica desde 2027 si no estas en SII. SelloQR genera el QR fiscal y la cadena hash de cumplimiento de serie. Cuando se apruebe el RD 238/2026 anadiremos soporte para Factura-e B2B (UBL 2.1 + EN 16931) sin que tengas que cambiar de proveedor.