Estas obligado a VeriFactu?

Test de 4 preguntas basado en los criterios oficiales de la AEAT. Resultado al instante con tu fecha limite y los pasos a seguir.

Escrito por Cumplimiento fiscal
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Test de obligatoriedad VeriFactu

4 preguntas. Sin registro. Resultado al instante segun los criterios oficiales de la AEAT (RD 1007/2023, RDL 15/2025).

1

Si solo emites un par de facturas al mes a mano o con una hoja Excel sin formulas avanzadas, no entras en el ambito del RD 1007/2023.

2

El SII se aplica a grandes empresas (facturacion > 6 MM EUR/ano), grupos IVA y inscritos en REDEME.

3

Los territorios forales tienen sus propios sistemas de facturacion electronica (TicketBAI en PV, similar en Navarra).

4

Casos muy excepcionales (entidades exentas Art. 9.1 LIS, situaciones especificas reconocidas por la AEAT).

En que se basa este test?

RD 1007/2023

Real Decreto de 5 de diciembre de 2023 que aprueba el Reglamento de los Sistemas Informaticos de Facturacion (RRSIF). Modificado por RD 254/2025 (1 abr 2025).

RDL 15/2025

Real Decreto-Ley de 2 de diciembre de 2025 (BOE 3 dic) que fija las fechas vigentes: 1 enero 2027 (Sociedades) y 1 julio 2027 (resto de obligados).

Los 4 NOes simultaneos

Criterio oficial AEAT (Camilo Dolz, Jefe Regional Informatica Tributaria): para estar obligado, los 4 deben ser NO. Si cualquiera es SI, no entras en el ambito.

OM HAC/1177/2024

Orden Ministerial de 29 de octubre de 2024 que desarrolla los aspectos tecnicos: estandarizacion de formatos, requisitos de los registros, declaracion responsable.

Preguntas frecuentes

Como se si estoy obligado a VeriFactu?+

Estas obligado al RD 1007/2023 si cumples simultaneamente cuatro condiciones: 1) facturas con un sistema informatico (no exclusivamente manual o Excel), 2) NO estas adscrito al SII, 3) tu domicilio fiscal NO esta en Pais Vasco ni Navarra, y 4) NO tienes una resolucion AEAT que te exima. Si cualquiera de estas condiciones no se cumple, no entras en el ambito de la norma.

Soy autonomo del SII, tengo que adaptarme a VeriFactu?+

No. Los obligados o voluntarios al SII (Suministro Inmediato de Informacion del IVA) estan EXENTOS de la aplicacion del RD 1007/2023 sobre Nuevos Requisitos SIF/Verifactu, segun el articulo 3 del propio Real Decreto. El SII ya cumple una funcion de control fiscal equivalente.

Cual es la fecha limite exacta para cumplir VeriFactu?+

Las fechas vigentes estan fijadas por el Real Decreto-Ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE 3 de diciembre de 2025). Para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (S.L., S.A., cooperativas, etc.) la fecha limite es el 1 de enero de 2027. Para el resto de obligados (autonomos en IRPF, contribuyentes IRNR con establecimiento permanente, entidades en atribucion de rentas) el plazo se extiende hasta el 1 de julio de 2027.

Que pasa si tengo el domicilio fiscal en Pais Vasco o Navarra?+

Los Territorios Forales (Pais Vasco y Comunidad Foral de Navarra) tienen sus propias normativas de facturacion electronica (TicketBAI en Pais Vasco, sistema equivalente en Navarra). El RD 1007/2023 NO se aplica a quienes tienen domicilio fiscal en estos territorios, aunque sus obligaciones forales son tecnicamente similares.

Si estoy obligado y no me adapto a tiempo, que sancion tengo?+

Las sanciones por uso de software no conforme al RD 1007/2023 pueden alcanzar 50.000 EUR por ejercicio (articulo 201 bis Ley General Tributaria). A ello pueden sumarse sanciones por factura no conforme. Mas detalle en /verifactu/sanciones.